Reglamentan ley que exige la creación de un registro de violadores

La norma se aprobó en 2013 pero nunca había entrado en vigencia.

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El Gobierno aprobó la reglamentación de la Ley 26.879, que dispone la creación de un «Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual». La norma fue sancionada por el Congreso Nacional en 2013, pero hasta hoy no se había puesto en marcha.

La administración de Cambiemos reglamentó la ley través del decreto 522/2017, que fue publicado en el Boletín Oficial de este martes con la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y los ministros Germán Garavano (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad) y José Lino Salvador Barañao (Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva).

En los considerandos del texto, el Ejecutivo explicó que el Registro «tendrá por fin exclusivo facilitar el esclarecimiento de los hechos que sean objeto de una investigación judicial en materia penal vinculada a delitos contra la integridad sexual y con el objeto de proceder a individualizar a las personas responsables».

El texto indica que el juez o el Tribunal que dicten la sentencia deberá ordenar en un plazo de seis meses la extracción de muestras biológicas para obtener el perfil genético. Respecto de aquellas personas que se encuentren cumpliendo pena privativa de la libertad, el plazo para la obtención del perfil genético del condenado será de dos meses.

Para los delitos futuros, y una vez que la condena esté firme, la justicia deberá disponer en no más de 5 días la extracción de material genético del violador.

FUENTE: INFOBAE

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