La ANMAT prohibió la comercialización de algunos productos

Se trata del té matcha marca Makam Food y del arroz largo fino de la marca Bramador.


En la publicación que se realizó en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un té verde, de un arroz largo fino y de un filtro de agua.

En la disposición 4792/2018, el organismo prohibió la venta del “Té Matcha’ Makam Food, Orgánico Japonés- Kagoshima, libre de gluten, envasado por Daily Matcha- Luciernaga Ltda. Chile”, y precisó que se trata de un producto ilegal que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara “como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado”.

También señaló que “no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284″.

Al mismo tiempo, en la disposición 4764/2018 saca de la venta al “Arroz largo fino, 100% Natural, calidad 0000, que consigna el símbolo de alimento libre de gluten», marca Bramador, RNPA N° 21-112853, RNE N° 21-112917. En este alimento, “se halla en infracción a los artículos 6 bis, 155, 1381 y 1381 bis del CAA al estar falsamente rotulado por consignar en el rótulo el símbolo de alimento libre de gluten, y no estar autorizado como tal”. En este sentido, su comercialización es ilegal.

Además, la Anmat ordenó, a través de la disposición 4629/2018, a la firma Aisa Ionic S.A. “el recupero del mercado de todos los productos domisanitarios elaborados y/o importados” por la empresa debido a que no tenía autorización para “elaborar y comercializar dispositivos de acondicionamiento de agua de red domiciliaria”.

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