Ganancias: El procedimiento de los inquilinos para deducir el alquiler

AFIP dispondrá un método en su pagina web para que los inquilinos de vivienda única puedan cargar en el sistema el contrato de alquiler.

En los próximos días la AFIP habilitará su pagina web para que los inquilinos de vivienda única puedan cargar en el sistema el contrato de alquiler vigente y las facturas del locador o propietario.

Así, podrán deducir de la base imponible de Ganancias hasta el 40% de las sumas pagadas de alquileres de inmuebles «destinados a su casa habitación» con un tope de $ 4.330 mensuales o $ 51.967 anuales.

La medida es retroactiva a enero pasado, y una condición es que el locatario o inquilino no debe ser propietario de ningún inmueble, cualquiera sea la proporción.

El titular de la AFIP, Alberto Abad, dijo que “a más tardar el 1° de marzo estará habilitado el sistema” y reconoció que además de beneficiar al inquilino, la medida busca formalizar el mercado de alquileres como parte del blanqueo general de la economía.

En este marco, el funcionario ejemplificó que quien paga un alquiler mensual de $ 6.000, puede deducir hasta $ 2.400 por mes y podría tener un ahorro anual de hasta $ 10.080, según la tasa efectiva que esté pagando del impuesto. Si el alquiler mensual fuese de $ 15.000, por el tope, podrá deducir $ 4.330 por mes y el ahorro anual del impuesto podría llegar hasta $ 18.186 anuales.

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